AcuerdApp

Guías para entenderse y acordar

Nueve guías breves para entenderse mejor, y una sección sobre la pensión de alimentos. Puedes leerlas en el orden que quieras — toca una para abrirla. Están pensadas para leerse en el celular, en pocos minutos.

Antes de leer

AcuerdApp existe para ayudarlos a llegar a acuerdos y a cumplirlos: ordenar las conversaciones, dejar por escrito lo que deciden y bajar la temperatura cuando algo se complica. Nada de lo que hay aquí busca reemplazar el criterio de ustedes dos, que son quienes conocen a sus hijos.

Estas guías son orientación general sobre la legislación chilena de familia, no asesoría legal para su caso. AcuerdApp no es un tribunal ni un servicio de mediación, y no representa ni asesora a ninguno de los dos: no toma partido.

Ténganlo presente: lo que acuerden aquí es un acuerdo entre ustedes. Para que tenga fuerza legal —o sea, para poder exigirlo si se incumple— debe aprobarse en una mediación o ante el tribunal de familia. Escribirlo bien es el primer paso, y les ahorra la mayor parte del camino.

Y si en algún momento, incluso con la ayuda de la app, se les hace muy difícil sostener lo que acordaron, eso no es un fracaso: puede ser el momento de evaluar una mediación familiar —gratuita para la mayoría de las personas— o de consultar a un abogado especialista en familia, que pueda orientarlos sobre otras acciones. Pedir ayuda a tiempo suele evitar conflictos mayores. Si además hay violencia, amenazas o miedo, esta información es para ti.

1 Separarse como pareja no es dejar de ser padres

Es normal que las emociones de la separación —rabia, frustración, desconfianza, miedo— se mezclen con las decisiones del día a día sobre los hijos. Muchas veces un desacuerdo pequeño se convierte en un conflicto grande solo porque no hay una forma ordenada de comunicarse.

Esta app te ayuda a separar el conflicto entre los adultos de las necesidades de tus hijos, dándote una manera estructurada de resolver los problemas cotidianos.

2 La escalera de resolución de conflictos

No todo desacuerdo necesita llegar a tribunal. La judicialización es la última herramienta, no la primera. Hay seis niveles, del más simple al último recurso:

  • Organización: calendario, horarios, vacaciones, controles médicos, actividades escolares.
  • Comunicación: mensajes estructurados, información relevante, confirmar acuerdos, registrar cambios.
  • Negociación: propuestas de solución, alternativas equivalentes, compensar tiempo, acuerdos registrados.
  • Facilitación: cuando no hay acuerdo, identificar cuál es el problema real, qué necesita cada progenitor y qué opciones son compatibles con el interés de sus hijos.
  • Mediación: si el desacuerdo persiste, recurrir a mediación familiar u otros mecanismos colaborativos.
  • Tribunal: solo cuando lo anterior no resulta o hay un incumplimiento relevante.
3 Los deberes de cada progenitor (Ley N.º 20.680)

La ley establece una obligación de cooperación parental.

Si tienes el cuidado personal (tus hijos viven contigo): no basta con no interferir en la relación con el otro progenitor. Debes facilitar y promover esa relación, cooperar y no obstaculizar el régimen, siempre que sea compatible con el interés de tus hijos.

Si no tienes el cuidado personal (ejerces la relación directa y regular, que es el nombre correcto de lo que mucha gente llama “las visitas”): debes ejercerla con responsabilidad, cumplir el régimen y respetar el rol del cuidador. Evita:

  • Desacreditar al otro progenitor frente a tus hijos.
  • Interferir en las decisiones cotidianas que corresponden al cuidado personal.
  • Usar a tus hijos para obtener información sobre la vida privada del otro.

Ambos deben colaborar en la crianza y contribuir al bienestar integral de sus hijos.

4 Proteger a tus hijos del conflicto

Principios básicos, siempre presentes:

  • No discutir frente a tus hijos.
  • No usarlos como mensajeros.
  • No pedirles que tomen partido.
  • No interrogarlos cuando vuelven de estar con el otro progenitor.
  • No compartir con ellos antecedentes del juicio.
5 Ponerse en el lugar de tu hijo (mentalización)

Antes de decidir o responder, pregúntate:

  • ¿Cómo estará viviendo esto mi hijo?
  • ¿Qué necesita en este momento?
  • ¿Cómo interpretará esta discusión?
  • ¿Qué efecto tiene mi conducta sobre él?

Considerar la perspectiva de tu hijo mejora la cooperación entre los adultos.

6 Comunicarse sin escalar
  • Reglas claras: hablar solo de temas relacionados con tus hijos.
  • Mensajes breves, objetivos y respetuosos.
  • Evitar conversaciones impulsivas durante las entregas.
  • Usar un único canal de comunicación.
  • Reformular en vez de acusar.
En vez de: "Siempre haces lo mismo."
Mejor: "Necesito cambiar el horario de este sábado por razones laborales. ¿Podemos buscar una alternativa?"
7 Anticiparse a las fechas difíciles

Planificar con tiempo reduce los conflictos de última hora: inicio del año escolar, fiestas y celebraciones, cumpleaños, vacaciones, enfermedades de tus hijos, cambios laborales de alguno de los padres.

Navidad, Año Nuevo y vacaciones de invierno son focos frecuentes de conflicto: acuérdalos por adelantado y por escrito.

8 Cuando tu hijo no quiere ir
  • Distingue una preferencia auténtica de una influencia externa.
  • La adolescencia trae más autonomía; conviene flexibilidad y diálogo.
  • El cuidador no puede limitarse a "es voluntad de tu hijo": tiene el deber de fomentar el vínculo.
  • Baja primero la intensidad emocional; luego identifica qué necesita tu hijo de inmediato.
  • Propón soluciones transitorias mientras se busca una definitiva.
9 Reconocer lo que sí funciona

En vez de centrarte solo en los incumplimientos, reconoce cuando el otro progenitor: cumple los acuerdos, informa a tiempo, es flexible ante un imprevisto, facilita el contacto.

Reconocer estas conductas hace que se repitan. Esta es la base de la "balanza de flexibilidad" que trae AcuerdApp más adelante: se cuentan los actos de cooperación, no las faltas.

La pensión de alimentos

Seis cosas que conviene tener claras antes de conversar de plata. Toca cada una para abrirla.

1 Qué cubre la pensión de alimentos

No es solo “comida”. La ley entiende por alimentos todo lo necesario para que un niño, niña o adolescente viva adecuadamente:

  • Alimentación y salud, incluida la previsión de salud.
  • Vestuario adecuado a su edad y a la estación del año.
  • Vivienda: la parte que le corresponde al hijo en los gastos del hogar.
  • Educación: enseñanza básica y media, y el aprendizaje de una profesión u oficio.
  • Movilización y recreación razonable.

Todo esto se calcula como un conjunto, no como una lista de boletas: la pensión mensual está pensada para cubrirlo en su totalidad, mes a mes.

2 Ambos progenitores aportan, según su capacidad

La obligación de alimentos es de ambos padres, no solo de quien no vive con los hijos.

El monto de cada uno se calcula proporcional a los ingresos de cada progenitor: quien gana más, aporta más. Se considera cuánto gana cada uno, su realidad económica y la cantidad de hijos que tiene.

Y quien vive con los hijos también aporta: lo hace día a día, con el cuidado directo, que tiene un valor real aunque no se pague en dinero.

3 Mínimos y máximos que fija la ley

La Ley N.º 14.908 pone un piso y un techo a la pensión:

  • Mínimo: no puede ser inferior al 40 % del ingreso mínimo remuneracional (IMR) si hay un solo hijo. Si son dos o más, no puede ser inferior al 30 % del IMR por cada uno.
  • Máximo: en general los alimentos no pueden superar el 50 % de los ingresos líquidos de quien la paga —es decir, después de los descuentos legales—, salvo circunstancias excepcionales que evalúa el tribunal.

Entre ese piso y ese techo, el monto concreto depende de las necesidades reales de los hijos y de la capacidad económica de cada progenitor.

Ese 50 % no es por cada hijo: es el total que se reparte entre todas las cargas legales de quien paga. Se consideran carga legal los hijos hasta los 21 años, o hasta los 28 si están estudiando una profesión u oficio. Si esa persona tiene hijos de otra relación, el monto de esta pensión se mira junto con lo que ya aporta por ellos.

Ojo con la palabra “tope”. Ese 50 % es el límite de lo que un tribunal puede fijar. Si ustedes están construyendo un acuerdo entre los dos, no opera como una prohibición sino como un máximo de referencia: una señal de hasta dónde es sostenible en el tiempo, porque una pensión que deja a quien la paga sin con qué vivir termina incumpliéndose.

4 Por qué se expresa en UTM

Muchas pensiones se fijan en UTM (Unidad Tributaria Mensual) en vez de un monto fijo en pesos. La razón es práctica: la UTM se reajusta sola cada mes según la inflación, así que el valor real de la pensión no se licúa con el tiempo — nadie tiene que pedir un reajuste manual cada cierto tiempo para que mantenga su poder adquisitivo.

Por eso, dentro de AcuerdApp los montos se muestran también en su equivalente en UTM del mes.

5 Qué son los gastos extraordinarios

Son gastos que no están cubiertos por la pensión mensual habitual, porque son imprevistos o puntuales: por ejemplo, una urgencia o un tratamiento de salud que el plan o el seguro no cubre, como una operación.

Lo habitual es acordar qué porcentaje cubre cada uno, de acuerdo a sus ingresos. Si los ingresos son parecidos, puede ser mitad y mitad.

6 Alimentos y relación directa y regular son cosas distintas

Son obligaciones jurídicamente independientes, y confundirlas es uno de los errores que más conflicto genera:

  • No puedes suspender el pago de alimentos porque no te dejan ver a tus hijos.
  • Quien tiene el cuidado no puede impedir la relación directa y regular porque existan deudas de alimentos.

Cada una se exige por su propia vía. Mezclarlas no soluciona ninguna de las dos y deja a tus hijos en medio.

Importante: estas guías son orientación general y no reemplazan la asesoría de un abogado ni la evaluación de un profesional.